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LA JUNTA DE VECINOS #NUEVO_REMACER, que comprende los barrios San José y José Francisco Peña Gómez.

Exigen y demanda a la ALCALDIA DE JIMANI hacer prevalecer el cumplimiento de la ley que se describe a continuación, especialmente a los que viven a orillas del canal, ya que han convertido en un foco de contaminación la periferia Norte de estos dos barrios.

#LEY_120-99

Artículo 1.- Se prohíbe a toda persona física o moral tirar desperdicios sólidos y de cualesquiera naturaleza en calles, aceras, contenes, parques, carreteras, caminos, balnearios, mares, ríos, cañadas, arroyos y #canales de riego, playas, plazas y otros sitios de esparcimiento y demás lugares públicos

Artículo 4.- Las personas que sean sorprendidas tirando basura, desechos o desperdicios de cualquier tipo, del tamaño que fuere, en los lugares públicos, seráncondenados a las penas de dos (2) hasta diez (10) días de prisión o multas de quinientos (RD$500.00) a mil (RD$ 1,000.00) pesos, o ambas penas a la vez.

Artículo 6.- Los Juzgados de Paz de Asuntos Municipales serán competentes para conocer de las violaciones de la presente ley. Allí donde no existan, serán competentes los juzgados de paz ordinarios.

Artículo 7.- Todo ciudadano tendrá la obligación de mantener limpio e higienizado el frente de su residencia o establecimiento y recoger la basura, desecho o desperdicios que se encuentren en su acera.

Artículo 8.- El cumplimiento de esta ley será responsabilidad exclusiva de los #ayuntamientos correspondientes y de la #Policía_Nacional

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